Mediante la sentencia núm. 2381/2021 de fecha 31/08/2021, la Suprema Corte de Justicia estableció que la mensajería instantánea vía WhatsApp o cualquier otra plataforma digital, tales como Twitter, Teams, Zoom, Telegram, entre otras, permite a los usuarios tener una comunicación libre, por el hecho de que se pueden enviar mensajes escritos, notas de voz, grabaciones...