El pasado 1ro. de septiembre, el Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor (ProConsumidor) emitió la Resolución Núm. 1579-22 cuyo objeto es exigir el cumplimiento obligatorio de la Norma Dominicana (NORDOM) 53 sobre etiquetado general de alimentos preenvasados.
En ese sentido, en resumen, la resolución:
1) reitera las disposiciones contenidas en el NORDOM 53, de manera particular el contenido y la información que debe declararse en el etiquetado de alimentos preenvasados.
2) otorga un plazo de 120 días calendario para que los comerciantes, fabricantes o importadores adecúen las etiquetas de sus productos conforme las disposiciones de la NORDOM 53;
3) vencido el referido plazo, determina procederá con la toma de muestras y análisis de laboratorio conforme protocolo técnico de cada producto para comprobar lo declarado en la etiqueta;
4) de comprobarse la existencia de productos no conformes con las normas de etiquetado, determina el decomiso de los mismos.
5) finalmente reitera y advierte la aplicación de las disposiciones sancionadoras por infracciones contenidas en la Ley Núm. 358-05 Ley General de Protección de los Derechos del Consumidor o Usuario, por alteración, adulteración, falsificación o fraude, como de normalización, documentación y condiciones de venta o suministro, las cuales hacen referencia al etiquetado.
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